La demanda se formulará por escrito, pudiendo utilizar los formularios y procedimientos facilitados al propósito en la oficina judicial donde deba presentarse, y habrá de contener los requisitos generales citados en el art. 80 de la LRJS. En cuanto al plazo para reclamar cantidades es de un año, en virtud https://katherineq258zfk7.blogmazing.com/profile